15-3 Los bandos de policía y gobierno, reglamentos, decretos, acuerdos, circulares y demás disposiciones jurídicas expedidas por el ayuntamiento respectivo;
Reglamento de Carrera Policial Ver PDF - 23 de agosto de 2022
Reglamento de Justicia Civica Ver PDF - 23 de agosto de 2022
Dictamen reforma Reglamento interno movilidad urbana Atotonilco el Alto 2021-2024 Ver PDF - 18 de enero de 2022
Dictamen Reglamento acceso a mujeres libres de violencia Atotonilco el Alto 2021-2024 Ver PDF - 18 de enero de 2022
Dictamen Reglamento prevención social de la delincuencia Atotonilco el Alto 2021-2024 Ver PDF - 18 de enero de 2022
Artículo 15. Información fundamental - Ayuntamientos
1. Es información pública fundamental de los ayuntamientos:
I. La obligatoria para todos los sujetos obligados; Ver artículo
II. La integración del ayuntamiento, las comisiones edilicias y demás órganos que establezca su organigrama; Ayuntamiento 2021 - 2024
III. Los bandos de policía y gobierno, reglamentos, decretos, acuerdos, circulares y demás disposiciones jurídicas expedidas por el ayuntamiento respectivo; Ver articulo
IV. Las iniciativas presentadas y las exposiciones de motivos de los reglamentos vigentes en el municipio; Iniciativa/dicatmen
V. Los instrumentos de planeación del desarrollo del municipio y sus modificaciones, de cuando menos los últimos tres años; Ver artículo
VI. Los reglamentos internos, manuales y programas operativos anuales de toda dependencia o entidad pública municipal vigentes y de cuando menos los tres años anteriores; Ver artículo
VII. Los programas de trabajo de las comisiones edilicias; Ver artículo
VIII. El orden del día de las sesiones del ayuntamiento, de las comisiones edilicias y de los Consejos Ciudadanos Municipales, con excepción de las reservadas; Ver artículo - Actas de sesiones de Ayuntamiento
X. La gaceta municipal y demás órganos de difusión y publicación oficial municipal; Gaceta municipal
XI. La información de los registros públicos que opere, sin afectar la información confidencial contenida; Ver artículo
XII. Los recursos materiales, humanos y financieros asignados a cada dependencia y entidad de la administración pública municipal, detallando los correspondientes a cada unidad administrativa al interior de las mismas; Ver artículo
XIII. Los convenios y contratos celebrados para la realización de obra pública; Ver artículo
XIV. Los convenios de coordinación o asociación municipal; Ver artículo
XV. Los convenios para la prestación de servicios públicos coordinados o concesionados; Ver artículo
XVI. El registro de los consejos consultivos ciudadanos, con indicación de la fecha de su creación, funciones que realizan, así como nombre y cargo de los integrantes; Ver artículo
XVII. El registro de las asociaciones de vecinos en el municipio, con indicación de la fecha de creación, nombre de las mismas, delimitación territorial que representan y datos generales de los miembros de sus directivas, así como de las uniones o federaciones en que se agrupen; Ver artículo
XVIII. El registro público de bienes del patrimonio municipal; Ver artículo
XIX. La relación del personal y los inventarios de bienes afectos a cada uno de los servicios públicos municipales, con excepción del servicio de seguridad pública y policía preventiva; Ver artículo
XX. El Programa Municipal de Desarrollo Urbano, los planes de desarrollo urbano de centros de población, y los planes parciales de desarrollo urbano; Ver artículo
XXI. La integración, las actas de las reuniones y los acuerdos del Consejo Municipal de Desarrollo Urbano; Ver artículo
XXII. Las autorizaciones de nuevos fraccionamientos y los cambios de uso de suelo junto con las consultas públicas realizadas con los colonos y la integración del expediente respectivo, en los términos del Código Urbano para el Estado de Jalisco; Ver artículo
XXIII. Los indicadores de evaluación del desempeño; Ver artículo
XXIV. La estadística de asistencias y registro de votación de las sesiones del ayuntamiento, de las comisiones edilicias y de los consejos ciudadanos municipales, que contenga el nombre de los regidores y funcionarios que participan, el sentido del voto y, en su caso, los votos particulares; Ver artículo - Actas de sesiones de Ayuntamiento Ver artículo - Actas de Consejos
XXV. Los ingresos municipales por concepto de participaciones federales y estatales, así como por ingresos propios, que integre la hacienda pública; Ver artículo
XXVI. En su caso la información relativa a la implementación del Presupuesto Participativo desde su planeación hasta su ejecución; y Ver artículo
XXVII. La que establezca el Reglamento Interno de Información Pública del Municipio correspondiente. Ver artículo